Ley REP para envases cumple tres años: el nuevo desafío es saber qué pasa con la basura después del reciclaje
Las empresas deben demostrar con datos dónde terminan sus residuos. Solo el 1,5% de la basura municipal fue valorizada en 2024.
Tres años después de que entraran en vigor las primeras metas de recolección y reciclaje que exige la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (REP), el sistema chileno enfrenta un nuevo reto: ya no basta con reciclar, sino que hay que poder demostrar con datos concretos qué se recuperó y dónde terminó cada residuo. Así lo advierte Bendito Residuo, empresa especializada en gestión de desechos para organizaciones.
Las cifras exponen una brecha significativa. Mientras la ley exige que en 2026 al menos el 51% del metal, el 32% del plástico y el 65% del papel y cartón de origen no domiciliario sean valorizados, un estudio reciente de Kyklos y la Asociación Chilena de Municipalidades —que abarcó 327 comunas— reveló que solo el 1,5% de los residuos municipales fue efectivamente valorizado durante 2024. La distancia entre la norma y la realidad es enorme.
Para el ciudadano de a pie, esto tiene consecuencias directas. La gestión de residuos encabeza la lista de problemas ambientales que los chilenos quieren ver resueltos, según una encuesta de Ipsos y la PUCV publicada en 2026, donde un 26% la identificó como su principal preocupación. Además, uno de cada diez chilenos considera que la Ley REP es uno de los mayores legados ambientales del país en las últimas tres décadas.
El alcance de la ley también se está ampliando. En mayo de 2026 se publicó el decreto que incorpora pilas, aparatos eléctricos y electrónicos al sistema, sumándose a neumáticos y aceites lubricantes. Aún están pendientes los decretos para baterías y textiles, dos categorías de residuos que generan creciente preocupación ambiental.
En la práctica, las empresas que generan residuos de productos prioritarios tienen obligaciones concretas:
- Deben adherirse a un sistema de gestión autorizado o demostrar que valorizan sus residuos por cuenta propia.
- Están obligadas a informar su opción al Ministerio del Medio Ambiente antes del 30 de junio de cada año.
- Solo pueden entregar sus desechos a destinatarios registrados y autorizados.
- Deben reportar sus niveles de generación en el sistema nacional SINADER.
"La Ley REP puso metas y plazos, pero para una empresa el desafío práctico es otro: poder demostrar qué se recuperó, cuánto y dónde terminó", señalan desde Bendito Residuo. En un escenario donde la trazabilidad de los residuos es aún incipiente en Chile, ese registro se convierte en el verdadero termómetro de si el reciclaje está funcionando o solo existe sobre el papel.