Ley REP de envases: las empresas ahora deben probar con datos dónde termina cada residuo que generan
A tres años de su inicio, la Ley REP exige más que cumplir metas: las empresas deben demostrar con evidencia qué recuperaron y adónde fue.
Reciclar no basta si no puedes probarlo. Esa es, en síntesis, la advertencia que lanza Bendito Residuo, empresa especializada en gestión de residuos para organizaciones, a tres años del inicio de las metas establecidas por la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (REP) para envases y embalajes en Chile.
Desde el 16 de septiembre de 2023, los productores están obligados a adherirse a un sistema de gestión de residuos. En 2026, que representa el cuarto año de cumplimiento, las exigencias aumentan: se debe valorizar al menos el 51% de los envases metálicos no domiciliarios, el 32% de los plásticos y el 65% del papel y cartón. Las cifras suenan ambiciosas, pero el contexto revela cuán lejos está Chile de una cultura consolidada de reciclaje.
Un estudio reciente de Kyklos y la Asociación Chilena de Municipalidades, que analizó datos de 327 comunas, reveló que solo el 1,5% de los residuos municipales del país fue efectivamente valorizado durante 2024. La brecha entre lo que exige la ley y lo que ocurre en la práctica es enorme, y afecta tanto a empresas como a ciudadanos.
El tema no es menor para los chilenos. Según la Encuesta Ipsos–PUCV 2026, la gestión de residuos es el principal problema ambiental que la ciudadanía quiere ver resuelto, con un 26% de las menciones. Además, un 11% de los encuestados reconoce a la Ley REP como uno de los mayores legados ambientales de las últimas tres décadas en el país.
La normativa además sigue expandiéndose. En mayo de 2026 se publicó el decreto que incorpora pilas y aparatos eléctricos y electrónicos al sistema REP, sumándose a neumáticos y aceites lubricantes. Aún están pendientes los decretos para baterías y textiles, dos categorías de alto impacto en el día a día de los hogares chilenos.
Para las empresas que generan residuos de productos prioritarios, la ley contempla alternativas concretas:
- Adherirse a un sistema colectivo de gestión autorizado.
- Valorizar los residuos de forma independiente o a través de gestores registrados.
- Informar al Ministerio del Medio Ambiente la opción elegida antes del 30 de junio de cada año.
- Reportar su generación de residuos en el sistema SINADER y trabajar solo con destinatarios autorizados.
El desafío, advierten desde Bendito Residuo, ya no es solo cumplir los porcentajes: «La Ley REP puso metas y plazos, pero para una empresa el reto práctico es poder demostrar qué se recuperó, cuánto y adónde terminó». En otras palabras, la trazabilidad de los residuos se convierte en la nueva frontera del cumplimiento ambiental corporativo en Chile.